La Diputación de Palencia destinará 100.000 euros a los jóvenes para la compra, construcción, reforma o rehabilitación de una vivienda en el ámbito rural. La medida persigue fomentar el establecimiento y la permanencia de personas jóvenes en los municipios, al incentivar que fijen allí su residencia y frenar la despoblación.
Podrán acogerse a las ayudas, que se convocan en régimen de concurrencia competitiva, los jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 36 años (ambos inclusive) en la fecha en la que finaliza el periodo de solicitud, que concluye el próximo 23 de junio.
Asimismo, en la fecha de publicación de la convocatoria (3 de junio) deberán estar empadronados en la misma localidad menor de 20.000 habitantes en la que se ubique la vivienda o el solar de suelo urbano objeto de subvención.
No obstante, si el empadronamiento no ha podido efectuarse por ser reciente la adquisición de la vivienda o no haberse concluido las obras, bastará una declaración responsable del solicitante y el compromiso de empadronamiento en cuanto sea posible.
Bases
Para ser beneficiario, debe tratarse de la primera vivienda que adquiere, construye o rehabita, y que se destine a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia. Además, ha de acreditar algún tipo de ingresos y que resulten inferiores a 27.680 euros en el año 2021.
Quedan excluidos los beneficiarios de ayudas para vivienda rural en anteriores convocatorias del Servicio de Juventud, así como los titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
En ese sentido, la modalidad A, dotada con 65.000 euros, subvenciona la compra de primera vivienda efectuada entre el 3 de junio de 2021 y la publicación de la convocatoria en el BOP. En ningún caso se acepta la adquisición de solar o parcela que no contenga una vivienda.
La línea B, dotada con 35.000 euros, subvenciona los honorarios encargados entre estas mismas fechas por la redacción de proyectos técnicos para la construcción, reforma o rehabilitación de viviendas unifamiliares, incluido el IVA; que deberán estar efectivamente abonados antes del 30 de septiembre de 2022.
A los efectos de esta línea, se entiende por vivienda unifamiliar aquella cuya construcción o rehabilitación sea de promoción propia en el solar o la parcela propiedad del solicitante. En pisos en régimen de propiedad horizontal u otro tipo de viviendas que no sean de promoción propia, se admitirán exclusivamente las obras de reforma o rehabilitación de la vivienda con proyecto de ejecución único e individual.